Aquí nos sale otra vez el ramalazo preguntón. Y es que nos quedan algunas dudas acerca de este asunto:
- ¿Es posible llevar a cabo las reparaciones en estos términos, una vez existe una sentencia que determina de quién es la responsabilidad?
- ¿Qué va a pasar si se acaba el dinero presupuestado para ayudas antes que las peticiones? ¿O va a haber una cantidad tope por vivienda?
- Si para el futuro se van a pedir unos modos constructivos seguros ¿quién va a vigilar para asegurar que se haga así?
- ¿Afectarán los soplaos al futuro PGOU del municipio?
- Se van a revisar las condiciones de las concesiones de extracción de agua, pero ¿se exigirá después que estas se cumplan a rajatabla o se solucionarán los incumplimientos con sanciones de 6.000 euros, que para determinadas arcas son pura calderilla? (Tenemos en mente el expediente sancionador incoado contra el Ayuntamiento).
- Marquínez subrayó que el acuerdo se limita a estas cincuenta y dos viviendas. ¿Quiere esto decir que cualquier casa que a partir de ahora se rompa debido a los hundimientos (no olvidemos que los efectos de las extracciones sobre el terreno van a continuar notándose durante bastante tiempo) no van a ser reparadas? ¿O seguirán estudiándose los casos que se puedan presentar en un futuro?