- La postura de la Confederación nos parece sumamente incongruente, ya que, por un lado, asume los arreglos basándose en sus propios informes y en una sentencia condenatoria de la Audiencia Nacional pero, por otro, interpone un recurso de casación contra dicha sentencia.
Suponemos, entonces, que habría que esperar a ver si dicho recurso es admitido y, en ese caso, a su resolución. O, si no se espera, no tomarlo como justificación para la actuación, en cuyo caso no entendemos porqué han esperado a tener la sentencia para ¿"empezar a hacer algo"?.
Lo que nos parecería razonable es que no hubieran interpuesto el recurso o, una vez hecho, lo retiraran.
- También creemos que, con la solución propuesta, este Organismo está eludiendo parte de su responsabilidad, puesto que no sólo habría de reparar la cimentación de las viviendas, sino también las grietas, la pintura y los pequeños arreglos que puedan ser necesarios, que es lo que la sentencia establece (la cantidad que fueron condenados a pagar incluye todas las reparaciones).
Sí puede alegarse que dicha sentencia se refiere sólo a la vivienda de quienes interpusimos la demanda, pero, si se basan en ella para actuar, imaginamos que habrán de considerarla en su totalidad, no sólo parcialmente.