- La Administración del Estado (Ministerio de Medio Ambiente) tendrá que indemnizarnos con la cantidad que habíamos pedido, más los correspondientes intereses, en concepto de Responsabilidad Patrimonial.
- No considera la Sala que pueda atribuirse Responsabilidad Patrimonial al Ayuntamiento de Camargo.
- Cada parte paga sus costas.
En cuanto al control de las extracciones, que es el otro punto que afecta a la solución de los soplaos, la Confederación se encarga de ello. Y nosotros seguiremos vigilantes.
Esta sentencia sólo soluciona nuestro problema, no el del resto de afectados, pero abre una puerta y les muestra el camino a seguir, si es su voluntad.
Enlace a la sentencia.