En algunos pueblos del Valle de Camargo hemos tenido problemas de hundimientos del terreno (soplaos), con las consiguientes grietas en las casas, en diversos momentos de la historia. Dichos hundimientos han estado, cada vez, relacionados con la extracción de agua del subsuelo. En este blog contamos lo ocurrido, con el deseo de dejar constancia para el futuro y que nunca vuelva a repetirse. Muchas gracias por visitarnos.

viernes, 9 de octubre de 2009

II CONCURSO DE FOTOGRAFÍA DIGITAL "UN DÍA EN LA VIDA DE CAMARGO"

Ayer se inauguró el curso en "La Vidriera" y se entregaron los premios del II concurso de fotografía digital "Un día en la vida de Camargo".

Al tener la sentencia en nuestro poder, este año no asistimos al acto. Sin embargo, como las fotografías las habíamos presentado antes de recibirla, participábamos con una colección: "Una visita a cuatro vestigios del pasado minero e industrial de Camargo", y nos hemos acercado hoy. Hay más y mejores fotos que el año pasado.

Esta vez no nos han colgado ninguna, pero sí pueden verse en la proyección de todas las fotografías participantes.

Las fotos que presentamos son las siguientes:



"Dolomíticos"

"Calero"

"Cargadero de mineral"



"Cementerio de los ingleses"

jueves, 1 de octubre de 2009

RESOLUCIÓN AL EXPEDIENTE SANCIONADOR INCOADO CONTRA EL AYUNTAMIENTO DE CAMARGO

Con fecha de 18 de septiembre la Confederación Hidrográfica del Cantábrico ha dictado Resolución sobre el expediente sancionador incoado al Ayuntamiento de Camargo por incumplir las condiciones de la concesión de extracción de agua. No la vamos a transcribir entera, sino sólo los datos que nos parecen más interesantes:
Con fecha de 31/10/2008, la Confederación Hidrográfica del Cantábrico acordó la incoación de expediente sancionador, así como la designación de instructor, contra el Ayuntamiento de Camargo, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardería Fluvial del Organismo de fecha 29/09/2008.


Con fecha 12/11/2008, la instructora del Procedimiento Sancionador formuló el correspondiente pliego de cargos por los siguientes hechos:

“Derivación de agua de los pozos de San Miguel y de El Carmen, incumpliendo las condiciones establecidas en la autorización A/39/04660 otorgada por resolución de este Organismo de cuenca de fecha 18 de julio de 2008, en Revilla y Camargo, en el término municipal de Camargo (Cantabria).


No existe constatación en el expediente de una manifiesta voluntad de dicha Entidad que demuestre la diligencia exigible o deber de cuidado con respecto al cumplimiento del condicionado de la autorización A/39/04660, sino que se ha constatado que la imputada viene incumpliendo de forma continuada las mencionadas condiciones particulares 2ª y 3ª de la autorización A/39/04660 al derivar agua de los pozos El Carmen y San Miguel superando las marcas establecidas en dicha resolución para los niveles piezométricos de los pozos El Carmen y San Miguel.


La intencionalidad de la Administración Local denunciada en la comisión del ilícito que se le imputa, al haberse constatado en visita de inspección girada por el Guarda fluvial de la zona el 19 de enero de 2009 y el 7 de mayo de 2009 que, pese a la incoación del presente expediente sancionador, dicha Administración Local ha seguido incumpliendo la mencionada condición particular 2ª de la autorización A/39/04660 al seguir derivando agua del pozo El Carmen superando las marcas establecidas en dicha resolución para los niveles piezométricos de dicho pozo, lo cual también revela la naturaleza continuada de la infracción imputada, así como el evidente beneficio que le reporta la comisión de la infracción imputada antes que acatar el cumplimiento de las condiciones objeto de sanción.


Este contumaz incumplimiento por parte de la Entidad Local denunciada de la condición particular 2ª de dicha autorización, al seguir derivando agua del pozo El Carmen, con destino al abastecimiento de la población de Camargo, superando las marcas establecidas en dicha resolución para los niveles piezométricos de dicho pozo, implica una evidente y grave afección a terceros, con el consiguiente riesgo para la seguridad de las personas, a la par que una repercusión negativa en el orden y aprovechamiento del dominio público hidráulico afectado por dicha derivación.


Esta Confederación Hidrográfica del Cantábrico RESUELVE:

Imponer al Ayuntamiento de Camargo la cuantía de 6.010,12 euros, en concepto de multa, de conformidad con lo dispuesto en el Artº. 117.1 de la Ley de Aguas.